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Judicial

Patente comercial duplicada

Empresa exige a la Municipalidad de Lampa devolver $17 millones por doble pago de patente

Una sociedad presentó un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Santiago, luego de que la Municipalidad de Lampa rechazara restituir $17.179.250 pagados por la patente comercial de una empresa que ya había sido absorbida mediante una fusión. La reclamante sostiene que se configuró un pago de lo no debido y un enriquecimiento sin causa del municipio.

Por Elke von Loebenstein·06 de agosto de 2026·3 min de lectura
Imagen: ChatGPT/Elke
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Una sociedad interpuso un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la Municipalidad de Lampa, con el objeto de obtener la devolución de $17.179.250 que, según sostiene, pagó indebidamente por una patente comercial correspondiente a una empresa que había sido absorbida mediante una fusión.

El conflicto se originó en febrero de 2025, cuando la reclamante absorbió a otra sociedad e incorporó la totalidad de su patrimonio, activos y pasivos. Como consecuencia de esa operación, la empresa absorbida dejó de existir como una entidad jurídica independiente.

La reclamante explica que, antes de la fusión, ambas sociedades intervenían en una misma cadena de operaciones: una importaba los productos y la otra los comercializaba. Esta estructura obligaba a registrar dos veces determinadas operaciones, lo que generaba duplicidades contables y demoras. La unificación de ambas empresas tuvo por finalidad simplificar esos procesos.

Pese a que la fusión ya se había materializado, ambas sociedades pagaron sus respectivas patentes comerciales ante la Municipalidad de Lampa correspondientes al segundo semestre de 2025.

De esta manera, la empresa absorbida continuó figurando como contribuyente y pagó la patente como si todavía existiera de forma separada, aun cuando sus activos, pasivos y actividades ya habían sido incorporados a la sociedad continuadora.

En enero de 2026, la reclamante solicitó al municipio cancelar la patente registrada a nombre de la sociedad absorbida y devolver el dinero pagado por ese concepto.

En marzo del mismo año, la Municipalidad de Lampa accedió a anular la patente mediante un decreto exento. Sin embargo, el acto administrativo no se pronunció sobre la devolución del monto enterado y la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad comunicó formalmente su decisión de rechazar la restitución solicitada.

Frente a esa determinación, la sociedad presentó un reclamo administrativo de ilegalidad ante el alcalde, conforme al procedimiento establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Al no recibir una respuesta dentro del plazo legal de 15 días, la reclamación se entendió rechazada por silencio de la autoridad. Esta circunstancia habilitó a la empresa para acudir ante la Corte de Santiago, tribunal competente atendido su domicilio.

En su presentación judicial, la reclamante sostiene que se configuró un “pago de lo no debido”, en los términos del Código Civil, por haberse pagado dos veces una suma vinculada con el mismo hecho gravado.

Argumenta que, durante el segundo semestre de 2025, la sociedad absorbida ya no tenía existencia jurídica independiente y que su actividad comercial se encontraba radicada íntegramente en la empresa continuadora.

Añade que el municipio, al negarse a devolver el dinero pese a haber anulado la patente duplicada, incurre en un enriquecimiento sin causa a costa de la reclamante.

Para respaldar su postura, cita una sentencia dictada por la Corte Suprema en octubre de 2024, que ordenó a otra municipalidad devolver las sumas pagadas indebidamente por concepto de patentes comerciales respecto de una empresa que no desarrollaba las actividades gravadas por la ley.

Con estos antecedentes, la reclamante solicita a la Corte de Santiago que deje sin efecto la resolución de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Lampa que rechazó la devolución.

Asimismo, pide que se ordene al municipio restituir los $17.179.250 pagados por la patente comercial correspondiente a la sociedad absorbida.

Vea reclamo de ilegalidad Corte de Santiago Rol Nº1037-2026.

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