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Diario Constitucional

Servicio de agua potable municipal.

SMAPA no debe ser considerara una empresa pública para los efectos de la Ley de Transparencia, dictamina la Contraloría.

Pues en su calidad de unidad municipal se incorpora a aquellos órganos de la Administración mencionados en el artículo 2 de la Ley 20.285 por remisión del artículo 7 del mismo cuerpo legal.

Por Redacción·23 de septiembre de 2022·1 min de lectura
Imagen: La voz de Maipú
Referencial

Pues en su calidad de unidad municipal se incorpora a aquellos órganos de la Administración mencionados en el artículo 2 de la Ley 20.285 por remisión del artículo 7 del mismo cuerpo legal . . .

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