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Diario Constitucional

Dictaminó Contraloría General de la República.

No hay impedimento para que el Presidente de la Republica curse nombramientos de autoridades del Consejo Nacional de Televisión y de Televisión Nacional de Chile. No lo inhabilita su condición de accionista de Chilevisión.

Se denunció –por algunos diputados- un posible conflicto de intereses entre el interés privado del Presidente de la Republica, en su calidad de accionista de las empresas controladoras de Chilevision, y los nombramientos de las autoridades del Consejo Nacional de Televisión y de Televisión Nacional de Chile que le compete efectuar. El dictamen puntualiza que…

Por diarioconstitucional·20 de julio de 2010·1 min de lectura
No hay impedimento para que el Presidente de la Republica curse nombramientos de autoridades del Consejo Nacional de Televisión y de Televisión Nacional de Chile. No lo inhabilita su condición de accionista de Chilevisión.
Referencial

Se denunció –por algunos diputados- un posible conflicto de intereses entre el interés privado del Presidente de la Republica, en su calidad de accionista de las empresas controladoras de Chilevision, y los nombramientos de las autoridades del Consejo Nacional de Televisión y de Televisión Nacional de Chile que le compete efectuar.

El dictamen puntualiza que de acuerdo a la Constitución el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la Republica (articulo 24), quien es el Jefe del Estado, y que sus funciones las ejerce . . .

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