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Diario Constitucional

Contraloría General de la República.

Dirección General de Aguas puede redistribuir las aguas en proporción diversa a la que correspondería según los derechos de aprovechamiento existentes.

Si una zona es declara con escasez hídrica, con el objeto de reducir al mínimo los daños generales derivados de la sequía, especialmente para garantizar el consumo humano, saneamiento o el uso doméstico de subsistencia.

Por Carolina Paz Angulo Santana, Elke von Loebenstein·10 de noviembre de 2023·1 min de lectura
Dirección General de Aguas puede redistribuir las aguas en proporción diversa a la que correspondería según los derechos de aprovechamiento existentes.
Referencial

Si una zona es declara con escasez hídrica, con el objeto de reducir al mínimo los daños generales derivados de la sequía, especialmente para garantizar el consumo humano, saneamiento o el uso doméstico de subsistencia . . .

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