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Seguro Social

Contraloría señala que Instituto de Seguridad Laboral debe reintegrar al Fisco los ingresos por recuperación de licencias médicas

El órgano contralor estableció que los recursos obtenidos por el Instituto de Seguridad Laboral a través de la recuperación de licencias médicas no forman parte del patrimonio del Seguro Social de la Ley N° 16.744, por lo que deben ser ingresados al Fisco conforme a lo dispuesto en las leyes de presupuestos de 2024 y 2025.

Por Redacción·31 de octubre de 2025·2 min de lectura
elmostrador.cl
Referencial

La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E180440N25, de fecha 23 de octubre de 2025, se pronunció sobre la procedencia de reintegrar a rentas generales de la Nación los ingresos que obtiene el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) por concepto de recuperación de licencias médicas.

El pronunciamiento tuvo origen en una consulta formulada por el propio Instituto, que sostuvo que tales recursos no debían ser integrados al erario nacional, al provenir del Seguro Social establecido en la Ley N° 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

En sus informes, la Superintendencia de Seguridad Social y la Dirección de Presupuestos coincidieron en que el ISL, al ser un servicio público, se encuentra sujeto a la obligación general de ingresar a rentas generales los montos correspondientes a subsidios por licencias médicas recuperadas, no existiendo fundamentos legales para exceptuarlo de dicha exigencia.

En su análisis jurídico, la Contraloría recordó que el ISL, como continuador legal del Instituto de Normalización Previsional, posee personalidad jurídica y patrimonio propio, compuesto por los recursos asignados en la Ley de Presupuestos y por otros bienes que le ingresen por cualquier concepto. Asimismo, que las leyes de presupuestos para los años 2024 y 2025 (N° 21.640 y N° 21.722, respectivamente) establecen expresamente que los servicios públicos deben realizar todas las gestiones necesarias para recuperar los subsidios por licencias médicas y depositarlos en rentas generales de la Nación.

El órgano contralor sostuvo que el presupuesto aprobado para el ISL en la partida del Ministerio del Trabajo y Previsión Social contempla ingresos por recuperación de licencias médicas provenientes tanto de FONASA como de ISAPRES, los cuales están destinados, conforme a la glosa presupuestaria, a ser integrados al Fisco.

En ese contexto, la Contraloría concluyó que “las recuperaciones de licencias médicas constituyen un ingreso diverso a los recursos que el Instituto percibe por la administración del seguro social, y que, por disposición expresa de las leyes de presupuesto, deben ser ingresadas a rentas generales de la Nación”.

En consecuencia, se determinó que el Instituto de Seguridad Laboral debe efectuar el reintegro de dichos montos al erario nacional, desestimándose la tesis que los vinculaba exclusivamente al financiamiento del Seguro Social de la Ley N° 16.744.

Vea Dictamen N° E180440N25.

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