Incremento de 20%.
CGR se pronuncia sobre consulta relativa al cálculo de dieta de presidente accidental de Consejo Regional.
La CGR concluye sosteniendo que el incremento del 20% también resulta aplicable a la dieta que tiene derecho a percibir el interesado.

La CGR concluye sosteniendo que el incremento del 20% también resulta aplicable a la dieta que tiene derecho a percibir el interesado . . .
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