Ley Nº 18.575.
CGR se pronuncia respecto de potestad de gobiernos regionales para dictar normativa sobre participación ciudadana.
La CGR concluye manifestando que en el caso de los gobiernos regionales, la potestad de establecer una normativa especial referida a la participación ciudadana se encuentra consagrada en los citados artículos 16, letra d), y 20, letra a), de la ley N° 19.175.

La CGR concluye manifestando que en el caso de los gobiernos regionales, la potestad de establecer una normativa especial referida a la participación ciudadana se encuentra consagrada en los citados artículos 16, letra d), y 20, letra a), de la ley N° 19.175 . . .
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