Se debe reembolsar.
CGR reitera que beneficio de sala cuna es gratuito y de cargo del empleador.
La CGR indica que la entidad no puede solventarlo parcialmente pues la ley le impone satisfacer íntegramente este derecho.

La CGR indica que la entidad no puede solventarlo parcialmente pues la ley le impone satisfacer íntegramente este derecho . . .
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