Ante reclamo del bono de responsabilidad.
CGR recuerda que trabajadores regidos por el Código del Trabajo sólo pueden recibir beneficios económicos que se encuentran pactados en su contrato o anexo de él.
Los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, estos no tienen más derechos que los contemplados en ese texto legal y en lo pactado en el respectivo contrato de trabajo.

Los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, estos no tienen más derechos que los contemplados en ese texto legal y en lo pactado en el respectivo contrato de trabajo . . .
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