16°C ·Santiago·04 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Por necesidades institucionales.

CGR recordó que término al llamado a servicio activo se efectúa mediante la dictación del respectivo acto administrativo debidamente fundado.

De producirse la eliminación de los afectados por aplicación de la mencionada potestad, el respectivo instrumento satisfaría la exigencia de ser motivado.

Por diarioconstitucional·17 de diciembre de 2017·1 min de lectura
CGR recordó que término al llamado a servicio activo se efectúa mediante la dictación del respectivo acto administrativo debidamente fundado.
Referencial

De producirse la eliminación de los afectados por aplicación de la mencionada potestad, el respectivo instrumento satisfaría la exigencia de ser motivado . . .

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter