Procedimiento administrativo especial.
CGR reconsidera dictámenes y estima que el plazo previsto para reclamar multas cursadas por Inspectores del Trabajo es de días hábiles.
La Contraloría entiende que resulta procedente complementar el artículo 512 con el inciso primero del artículo 25 de la ley N° 19.880.

La Contraloría entiende que resulta procedente complementar el artículo 512 con el inciso primero del artículo 25 de la ley N° 19.880 . . .
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