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CGR establece que Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros no se encuentra facultada para otorgar certificados requeridos por el personal de esos tribunales.

El órgano contralor precisó que los Tribunales Tributarios y Aduaneros son órganos jurisdiccionales que, si bien no forman parte del Poder Judicial, tampoco integran la Administración del Estado.

Por diarioconstitucional·12 de marzo de 2019·1 min de lectura
CGR establece que Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros no se encuentra facultada para otorgar certificados requeridos por el personal de esos tribunales.
Referencial

El órgano contralor precisó que los Tribunales Tributarios y Aduaneros son órganos jurisdiccionales que, si bien no forman parte del Poder Judicial, tampoco integran la Administración del Estado . . .

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