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CGR establece que compete a Tribunales Electorales Regionales determinar procedencia de calificar elecciones de comunidades y asociaciones indígenas.

Aquella es la etapa preliminar a la confección del listado de asociaciones que podrán participar en la elección del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil.

Por diarioconstitucional·26 de octubre de 2018·1 min de lectura
CGR establece que compete a Tribunales Electorales Regionales determinar procedencia de calificar elecciones de comunidades y asociaciones indígenas.
Referencial

Aquella es la etapa preliminar a la confección del listado de asociaciones que podrán participar en la elección del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil . . .

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