Por no haber sido invalidada la solicitud.
CGR emplazó al Instituto de Previsión Social a conceder la doctrina de la divisibilidad de cotización.
el recurrente no habría impetrado oportunamente la doctrina del fraccionamiento de sus cotizaciones, pero a pesar de esto, tampoco fue invalidada por resolución del Instituto de Normalización Previsional, “por lo que, en la actualidad, debe producir sus efectos propios, entre los cuales se cuenta el de haber reservado periodos para la obtención de otra jubilación”.

el recurrente no habría impetrado oportunamente la doctrina del fraccionamiento de sus cotizaciones, pero a pesar de esto, tampoco fue invalidada por resolución del Instituto de Normalización Previsional, “por lo que, en la actualidad, debe producir sus efectos propios, entre los cuales se cuenta el de haber reservado periodos para la obtención de otra jubilación . . .
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