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Diario Constitucional

Está dentro de su cometido público.

CGR dictaminó que abogados de la Corporación de Asistencia Judicial pueden patrocinar causas contra el Estado de Chile ante CIDH.

“el patrocinio gratuito de personas de escasos recursos en causas deducidas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos constituye para aquéllos un deber que se enmarca en el desempeño de la función pública encomendada por la ley a esas entidades y que, además, tiene por objeto hacer efectiva la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, N° 3, inciso tercero, de la Constitución Política de la República”.

Por diarioconstitucional·10 de diciembre de 2012·1 min de lectura
CGR dictaminó que abogados de la Corporación de Asistencia Judicial pueden patrocinar causas contra el Estado de Chile ante CIDH.
Referencial

“el patrocinio gratuito de personas de escasos recursos en causas deducidas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos constituye para aquéllos un deber que se enmarca en el desempeño de la función pública encomendada por la ley a esas entidades y que, además, tiene por objeto hacer efectiva la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, N° 3, inciso tercero, de la Constitución Política de la República . . .

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