Ley 19.886.
CGR dictamina que resultaba imperativo para JUNAEB realizar el ajuste de precios establecido en las bases respecto a las prestaciones que otorga.
En virtud del principio de estricta sujeción a las bases y del debido resguardo de los intereses fiscales, procedía que JUNAEB efectuara el ajuste de precios previsto en las bases de licitación.

En virtud del principio de estricta sujeción a las bases y del debido resguardo de los intereses fiscales, procedía que JUNAEB efectuara el ajuste de precios previsto en las bases de licitación . . .
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