Se debe regir por normas de contratación pública.
CGR determinó que Hospital Regional de Copiapó puede convenir con un tercero la administración de los estacionamientos de ese centro asistencial.
Se concluye que no se advierte impedimento para que la autoridad del aludido recinto hospitalario pueda convenir con un tercero la administración de los estacionamientos.

Se concluye que no se advierte impedimento para que la autoridad del aludido recinto hospitalario pueda convenir con un tercero la administración de los estacionamientos . . .
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