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Diario Constitucional

Sobre la juridicidad de lo obrado por el Inspector Fiscal.

CGR determina que Reglamento para Contratos de Obras Públicas no resulta aplicable a los inspectores fiscales de concesión de obra pública.

Lo obrado por el referido inspector fiscal se enmarca, precisamente, en las funciones y atribuciones que se le asignan en las respectivas bases de licitación.

Por diarioconstitucional·02 de enero de 2018·1 min de lectura
CGR determina que Reglamento para Contratos de Obras Públicas no resulta aplicable a los inspectores fiscales de concesión de obra pública.
Referencial

Lo obrado por el referido inspector fiscal se enmarca, precisamente, en las funciones y atribuciones que se le asignan en las respectivas bases de licitación . . .

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