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Diario Constitucional

Región de Atacama.

CGR determina que no procede compensar con descanso complementario o pago de horas extraordinarias a los servidores que en un día feriado regional efectuaron cometidos funcionarios en otra región.

Tales labores las desarrollaron en cumplimiento de su jornada ordinaria de trabajo.

Por diarioconstitucional·05 de febrero de 2019·1 min de lectura
CGR determina que no procede compensar con descanso complementario o pago de horas extraordinarias a los servidores que en un día feriado regional efectuaron cometidos funcionarios en otra región.
Referencial

Tales labores las desarrollaron en cumplimiento de su jornada ordinaria de trabajo . . .

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