Prohibiciones deben interpretarse de manera estricta.
CGR determina que limitación horaria de la ley de alcoholes solo afecta al expendio de bebidas alcohólicas y no a labores conexas.
Los referidos establecimientos, con posterioridad al horario correspondiente, podrán efectuar labores propias de la mantención, aseo, orden y administración.

Los referidos establecimientos, con posterioridad al horario correspondiente, podrán efectuar labores propias de la mantención, aseo, orden y administración . . .
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