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CGR determina que Comité de Pensionados Carretera Austral de Puyuhuapi no está afecto al deber de rendir cuentas de los recursos otorgados con cargo al Fondo Social Presidente de la República.

El dictamen N° 25.262, de 2 de mayo de 2012, eximió de la obligación de rendir cuenta de tales caudales a los organismos receptores y ejecutores de los mismos.

Por diarioconstitucional·25 de enero de 2019·1 min de lectura
CGR determina que Comité de Pensionados Carretera Austral de Puyuhuapi no está afecto al deber de rendir cuentas de los recursos otorgados con cargo al Fondo Social Presidente de la República.
Referencial

El dictamen N° 25.262, de 2 de mayo de 2012, eximió de la obligación de rendir cuenta de tales caudales a los organismos receptores y ejecutores de los mismos . . .

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