Contraloría Regional de Los Ríos.
Abogado contratado por Corporación Municipal pero que paralelamente desempeña funciones en horario laboral en la Municipalidad, contraviene el principio de probidad administrativa, resuelve la CGR.
La Ley N° 18.575 permite que los servidores ejerzan libremente cualquier profesión u oficio, siempre que sea conciliable con su posición en la Administración del Estado y se desarrolle fuera de la jornada laboral para no perturbar el oportuno cumplimiento de su deber funcionario.

La Ley N° 18.575 permite que los servidores ejerzan libremente cualquier profesión u oficio, siempre que sea conciliable con su posición en la Administración del Estado y se desarrolle fuera de la jornada laboral para no perturbar el oportuno cumplimiento de su deber funcionario . . .
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


