Amparo Constitucional
Acoge recurso de amparo
Corte Suprema revoca prisión preventiva de madre con tres hijos menores
Acoge recurso de amparo. Enfatiza que la prisión preventiva debe ser una medida de último recurso. Cuestionó el argumento de "reiteradas inasistencias" a audiencias. Consideró la situación de la imputada como madre de tres hijos menores.

La Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que decretó la prisión preventiva de la amparada, acusada de robo en lugar habitado, y en su lugar acogió la acción constitucional y confirmó lo decidido por el Tribunal de primer grado, en orden a mantener la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno y arraigo nacional decretados en su oportunidad.
Para acoger el recurso de amparo el máximo Tribunal consideró que la resolución dictada por el Tribunal de Alzada adolecía de falta de fundamentación y que debía considerarse la situación familiar de la imputada.
La Corte Suprema enfatizó que la prisión preventiva debe ser una medida de último recurso y requiere una fundamentación clara y precisa.
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