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Perjuicios acreditados
Justicia neerlandesa condena a bufete de abogados a indemnizar a DJ Tiësto por errónea asesoría tributaria
La sentencia establece la responsabilidad civil del bufete por entregar información técnica incorrecta sobre la residencia fiscal en Estados Unidos, lo que derivó en pagos de multas y gravámenes adicionales por parte del famoso músico.

El Tribunal de Apelación de Ámsterdam (Países Bajos) resolvió que un estudio de abogados debe pagar una compensación económica al músico neerlandés DJ Tiësto. Dictó esta decisión tras revisar el fallo de instancia donde se había ratificado que el bufete entregó una asesoría fiscal negligente, aunque en aquel momento se había desestimado el pago de una indemnización por considerar que no se habían producido perjuicios cuantificables para el artista.
Los hechos que motivaron el litigio comenzaron en 2012, fecha en la que el artista pasó a ser considerado residente fiscal en Estados Unidos. Esta condición se alcanzó debido a que el tiempo de permanencia del músico en suelo estadounidense superó el límite de días establecido por la normativa local, situación que conlleva una carga tributaria mayor a la de otros regímenes.
Según consta en el proceso, un experto en materia de impuestos perteneciente a la firma proporcionó instrucciones erróneas sobre este punto, lo que causó que las declaraciones impositivas fueran enviadas inicialmente con datos incorrectos ante la autoridad fiscal. La situación se hizo pública en 2018, año en que se identificó el fallo profesional en el asesoramiento.
Ante el hallazgo de esta irregularidad, el afectado se puso en contacto con la administración tributaria de Estados Unidos para acogerse a un plan de regularización voluntaria y corregir sus registros. Como resultado de este trámite administrativo para rectificar el error, el músico tuvo que desembolsar sumas de dinero adicionales para cubrir los impuestos no pagados y enfrentar las multas correspondientes impuestas por las autoridades de ese país.
En este nuevo fallo, el tribunal determinó que el bufete debe reembolsar al demandante una suma equivalente al impuesto extra y a la sanción pecuniaria pagada. Los magistrados basaron su decisión en que resulta razonable suponer que el artista habría tomado una determinación diferente respecto a su agenda de trabajo, permaneciendo menos tiempo en territorio estadounidense si hubiera contado con la información técnica adecuada en el momento oportuno. Al no haber sido advertido correctamente sobre las consecuencias de la residencia fiscal, el tribunal concluye que se le privó de la oportunidad de evitar dichos cobros adicionales y las multas.
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