Actualidad Internacional
Reforma judicial y separación de poderes
Elección popular de jueces en Mexico reabre debate sobre independencia judicial
El académico Manuel Jaén cuestiona la reforma mexicana de 2024 al estimar que el voto popular, la selección previa de candidatos y el sistema disciplinario pueden favorecer la politización de la judicatura y debilitar las garantías de mérito, capacidad e imparcialidad.

La reforma judicial impulsada en México durante 2024, cuyos efectos comienzan ahora a apreciarse, representa, a juicio del académico Manuel Jaén, una seria amenaza para la independencia judicial, la separación de poderes y, en definitiva, para la propia democracia, al sustituir una parte importante de la judicatura mediante un sistema de elección popular.
Jaén cuestiona especialmente que una reforma presentada bajo la idea de “democratizar” el Poder Judicial haya terminado afectando uno de los pilares de la independencia de los jueces: su inamovilidad. A ello suma el bajo nivel de participación registrado en las elecciones judiciales, en las que votó apenas alrededor del 13% del electorado, circunstancia que, en su opinión, genera un evidente déficit de legitimidad.
El problema, advierte, no se agota en la escasa participación. Los candidatos sometidos a elección popular fueron previamente seleccionados por una comisión de evaluación que, según sostiene, tampoco ofrece garantías suficientes de capacidad e independencia. A su juicio, la composición de esa instancia puede favorecer la selección de perfiles cercanos al Poder Ejecutivo y no asegura que el proceso se sustente exclusivamente en criterios de mérito y capacidad.
Jaén cuestiona también la creación de un tribunal de disciplina judicial. A su entender, los eventuales abusos cometidos por jueces deben ser conocidos por la jurisdicción penal cuando corresponda, mientras que los errores judiciales deben encontrar solución a través del sistema de recursos previsto por el ordenamiento jurídico.
Desde esa perspectiva, advierte que el modelo expone a los jueces electos a influencias políticas, sin garantizar suficientemente su inamovilidad, independencia, imparcialidad ni la preparación técnica necesaria para ejercer correctamente la función jurisdiccional.
Para el académico, democratizar el Poder Judicial no puede significar politizarlo. Por el contrario, la democratización debería traducirse en fortalecer su independencia, asegurar la estabilidad de sus integrantes, impedir injerencias externas y garantizar que quienes accedan a la judicatura cuenten con la cualificación necesaria.
Ese, sostiene, es el camino que debería seguir cualquier país que aspire a consolidarse como un verdadero Estado democrático de Derecho, pues solo un Poder Judicial independiente puede constituirse en garantía efectiva del sistema institucional y de los derechos de los ciudadanos.
En ese marco, afirma que la función esencial del Estado de proteger el Derecho solo puede ejercerse adecuadamente mediante tribunales integrados por jueces independientes de la Administración y de cualquier otro poder, sometidos exclusivamente a la Constitución y a las leyes legítimamente aprobadas por un Parlamento democrático.
Por estas razones, Jaén se manifiesta contrario a la elección judicial mediante voto popular, especialmente cuando no se encuentran suficientemente garantizados los principios de mérito y capacidad. A su juicio, estas exigencias deben ser todavía más rigurosas tratándose del acceso a un tribunal supremo, que debería estar integrado por juristas de la mayor excelencia y mantenerse plenamente ajeno a intereses partidistas que puedan influir en los mecanismos previos de selección.
En contraste, destaca que en España los principios de mérito y capacidad se encuentran históricamente incorporados al sistema de acceso a la judicatura. Esta tradición se remonta incluso a la Constitución de 1869, cuyo artículo 94 establecía que “el ingreso en la carrera judicial será por oposición”.
Frente a ello, sostiene que el sistema de elección popular implantado en México no garantiza que las personas elegidas cuenten con la preparación que exige una función de tanta responsabilidad como la judicial. Además, las características complementarias del modelo —como la selección previa de candidatos y la existencia de un tribunal de disciplina judicial— incrementan, en su opinión, el riesgo de control político sobre el Poder Judicial, algo incompatible con un Estado democrático de Derecho cuya estructura descansa precisamente en la separación de poderes.
Jaén reconoce que los jueces, como cualquier persona, poseen sus propias filosofías, opiniones e ideologías, pero sostiene que ello no debería interferir en su deber de aplicar la ley.
El verdadero debate, explica, consiste en determinar los límites que imponen el principio de legalidad y la interpretación jurídica al momento de resolver los asuntos sometidos a conocimiento de los tribunales.
Lo que debe rechazarse, afirma, son las presiones o consignas políticas que el Poder Ejecutivo pueda intentar ejercer sobre la judicatura, porque constituyen un ataque directo a su independencia.
Del mismo modo, considera igualmente contrario a la separación de poderes que los jueces pretendan actuar como legisladores bajo el pretexto de interpretar la ley, creando Derecho en vez de aplicarlo dentro del ámbito que constitucionalmente les corresponde.
El problema central reside, entonces, en determinar hasta dónde puede llegar la interpretación judicial y dónde se encuentra la frontera entre lo jurídico —entendido como aplicación del Derecho— y lo político —comprendido como creación del Derecho—.
A juicio de Jaén, esa cuestión exige una sólida formación en hermenéutica y argumentación jurídica, conocimientos que considera indispensables para quienes ejercen la magistratura.
En ese contexto, hace referencia al libro de Carlos Parma, “Argumentación jurídica”, destacando que estas herramientas intelectuales no pueden resultar ajenas a la formación judicial si se pretende que los jueces cumplan adecuadamente su alta responsabilidad de aplicar correctamente el Derecho.
Así, el debate sobre la democratización del Poder Judicial no debería centrarse, según el planteamiento expuesto, en convertir a los jueces en autoridades sujetas a elección política, sino en diseñar mecanismos capaces de garantizar simultáneamente su independencia, capacidad técnica, mérito e imparcialidad, elementos indispensables para preservar la separación de poderes y el funcionamiento del Estado democrático de Derecho.
Temas
Te puede interesar

Actualidad Internacional
Tribunal de EE.UU. revoca fallo favorable a Jack Daniel’s en litigio por juguete inspirado en su botella de whisky

Actualidad Internacional
Justicia europea dictamina que sanciones deportivas pueden ser revisadas por tribunales de justicia

Actualidad Internacional
Normativa crea protocolos de actuación rápida frente a casos de difusión de imágenes íntimas, acoso digital y agresiones a través de internet
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.