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Tema

#SEPARACIÓN DE PODERES

Imagen: ciperchile.cl
Opinión

Cuando la justicia no gusta: El riesgo de erosionar el Estado de derecho

La absolución del ex oficial Claudio Crespo y las críticas presidenciales al fallo reabren un debate de fondo sobre la independencia judicial y los límites del poder político. En un Estado constitucional de derecho, la legitimidad de las sentencias no depende de su aceptación pública ni de su consonancia con expectativas morales o políticas, sino de su sujeción al debido proceso, a los estándares probatorios y al principio de juridicidad.

23 de enero de 2026

Imagen: correodelsur.com
Opinión

«El Tribunal Constitucional Plurinacional como órgano de producción normativa». Análisis crítico del Auto Constitucional Plurinacional 0113/2024-O.

El Auto Constitucional Plurinacional 0113/2024-O del Tribunal Constitucional de Bolivia ilustra cómo una interpretación judicial puede transformarse en una práctica ilegítima de creación normativa, que excede los límites del marco constitucional, comprometiendo el principio de legalidad, la separación de poderes y la estabilidad democrática en un Estado de Derecho.

12 de mayo de 2025

Imagen: roa & sanchez abogados
Opinión

El Derecho es un fenómeno esencialmente político

Claro ejemplo es la sentencia del Tribunal Constitucional chileno, que no admitió a tramitación el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por el Poder Ejecutivo en contra del proyecto que modificaba la Carta Fundamental, para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales, mediante un artículo único, agregando una nueva disposición quincuagésima transitoria a la Constitución.

21 de mayo de 2021

Imagen: www.elmostrador.cl
Opinión

Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución

Si bien, el Poder Ejecutivo no ejerció su facultad constitucional respecto de la iniciativa que permitió el primer retiro de los fondos de pensiones (ley 21.248), ello no valida la constitucionalidad del contenido de los proyectos posteriores, y por tanto, al Tribunal no le correspondía emitir pronunciamiento ni reproche de inconsecuencia alguno, pues se trata de una facultad propia del Presidente de la República.

31 de marzo de 2021

Imagen: sursamrd.com
Opinión

¿Inconstitucionalidad de una Reforma Constitucional? A propósito del Requerimiento del Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional respecto del Proyecto del Congreso sobre Segundo retiro del 10% de fondos previsionales

Si bien la sociedad ha decidido cambiar las reglas que nos rigen, mientras no tengamos vigente una nueva Constitución, es obligatorio para todos los órganos del Estado, para toda persona, institución o grupo observar y cumplir los mandatos constitucionales de la Constitución de 1980.

30 de noviembre de 2020