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Medidas adoptadas son suficientes
Consejo de Estado de Francia desestima petición para reforzar prohibición de venta de cigarrilos y vapeadores a menores de edad
Concluyó que no corresponde ordenar nuevas acciones al gobierno, destacando las dificultades de control en los puntos de venta, los esfuerzos ya desplegados para informar a los estancos y la entrada en vigor de medidas recientes que endurecen sanciones y refuerzan las fiscalizaciones. La reclamación de la organización accionante fue, en consecuencia, desestimada.

El Consejo de Estado de Francia resolvió una acción presentada por la Alianza Contra el Tabaco (ACT), que solicitaba instruir al Gobierno la implementación de medidas adicionales para garantizar el cumplimiento de la prohibición de venta de tabaco y dispositivos de vapeo a menores de edad.
La organización argumentó que dicha restricción se aplicaba de manera insuficiente en la práctica. En respaldo de su planteamiento, citó estudios como el del Observatorio Francés de Drogas y Toxicomanías de 2021, el cual indica que cerca de la mitad de los estudiantes de noveno grado que fuman habían adquirido cigarrillos directamente en estancos.
En su pronunciamiento, el Consejo de Estado precisó que la petición de ACT no buscaba modificar la política pública en materia de control del tabaco, sino exigir la aplicación más estricta de las disposiciones vigentes. Asimismo, recordó que la prohibición recae sobre los establecimientos autorizados para la venta, y que la fiscalización presenta complejidades al requerir constatación directa del incumplimiento.
El organismo destacó que la administración ha puesto en marcha diversas iniciativas dentro del programa nacional de control del tabaco y de la estrategia interministerial de prevención de conductas adictivas, vigente hasta 2027. Dichas acciones incluyen capacitaciones a los vendedores sobre sus obligaciones, la difusión de información relativa a la prohibición y la implementación de nuevos mecanismos de supervisión.
Además, se incorporaron modificaciones recientes en el régimen sancionatorio: el incumplimiento de la prohibición de venta a menores pasó de ser infracción de cuarta a quinta clase, lo que implica sanciones más severas y procedimientos disciplinarios automáticos frente a casos detectados.
En atención a estas medidas y a su reciente entrada en vigor, el Consejo de Estado estimó que no resulta necesario, por ahora, ordenar acciones adicionales a la administración. Por este motivo, resolvió desestimar la reclamación presentada por la Alianza Contra el Tabaco.
“La prohibición de venta recae en los tabaqueros. Si bien es responsabilidad de la administración hacerla cumplir, este control presenta una dificultad particular, ya que el incumplimiento de la prohibición de venta solo puede observarse de manera flagrante. Sin embargo, las autoridades públicas ya han tomado medidas concretas para garantizar su cumplimiento”, señala la resolución.
“Se está realizando un esfuerzo significativo, liderado por el programa nacional de control del tabaco y la estrategia interministerial de movilización contra las conductas adictivas, prevista hasta 2027, para informar y sensibilizar a los tabaqueros sobre la implementación y el cumplimiento de esta prohibición”, agrega el texto.
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