Acción de Protección
Corte Suprema
Modificación unilateral de deslindes es un acto de autotutela ilícito
Los recurridos instalaron un cerco distinto a aquel que anteriormente existía, por considerar que el primitivo se erigía dentro de un terreno que es de su propiedad, obrar que implica incurrir en una actuación arbitraria e ilegal, pues han ejercido un acto propio de autotutela

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que rechazó el recurso de protección interpuesto por la modificación unilateral del cierre perimetral que los actores construyeron para delimitar sus predios.
Los recurrentes acusaron actos de autotutela por parte de los recurridos, al ingresar sin autorización a sus predios y modificar de forma unilateral los cercos que delimitaban los deslindes entre sus propiedades, instalando nuevas estacas, mallas y un letrero dentro de sus terrenos. Sostuvieron que esta conducta vulnera sus derechos fundamentales, específicamente el derecho a no ser juzgados por comisiones especiales (art. 19 N° 3, inc. 5°) y el derecho de propiedad (art. 19 N° 24), ya que se alteró de facto el límite de los predios sin resolución judicial previa, afectando la posesión y dominio legítimo que ostentan. Solicitaron que se ordene el retiro de las construcciones ejecutadas e impedir nuevas acciones similares.
La Corte de Valdivia desestimó la acción cautelar, al considerar que los hechos denunciados por las partes son controvertidos y sus versiones contradictorias, por lo que el conflicto debe ventilarse en un juicio declarativo que permita una adecuada rendición de pruebas y respeto de la bilateralidad, y no a través de la vía sumaria y excepcional del recurso de protección, destinada a tutelar derechos indubitados.
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