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Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado por Corte de Temuco.

Dilucidar la verdad o falsedad de declaraciones contenidas en un reportaje televisivo, no es un asunto que pueda dilucidarse a través de una acción cautelar.

El afectado puede recurrir a los mecanismos que prevé la Ley N°19.733 y a los procedimientos infracciónales previstos de la Ley N°18.838 ante el CNTV.

Por Redacción·22 de agosto de 2023·1 min de lectura
Imagen: La Tercera
Referencial

El afectado puede recurrir a los mecanismos que prevé la Ley N°19.733 y a los procedimientos infracciónales previstos de la Ley N°18.838 ante el CNTV . . .

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