Acción de Protección
Con voto en contra.
Decisión de la Municipalidad de Temuco de no renovar la contrata de un funcionario, fundada en que no se requerían más sus servicios, se ajustó a derecho.
El máximo Tribunal consideró que la autoridad recurrida se encontraba legalmente facultada para cesar los servicios a contrata de la parte recurrente, por lo que no avizoró la existencia de un comportamiento antijurídico.

El máximo Tribunal consideró que la autoridad recurrida se encontraba legalmente facultada para cesar los servicios a contrata de la parte recurrente, por lo que no avizoró la existencia de un comportamiento antijurídico . . .
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