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Acción de Protección

Se descarta ilegalidad y arbitrariedad

Corte Suprema rechaza protección por cese de pago de bono a funcionaria municipal

“el Tesorero tiene la facultad de revisar que el beneficiado con el bono singularizado cumpla con los requisitos que establece la Ley N° 20.305 en su artículo 8, es decir, la Tesorería para efectuar el pago recibe los antecedentes del acto administrativo y está facultada para observar la procedencia de dicho pago”.

Por diarioconstitucional·24 de julio de 2012·1 min de lectura
economipedia.com
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“el Tesorero tiene la facultad de revisar que el beneficiado con el bono singularizado cumpla con los requisitos que establece la Ley N° 20.305 en su artículo 8, es decir, la Tesorería para efectuar el pago recibe los antecedentes del acto administrativo y está facultada para observar la procedencia de dicho pago . . .

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