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Acción de Protección

Fallo confirmado por Corte Suprema, con voto en contra.

Cierre de camino vecinal utilizado por más de 40 años por la actora y su familia constituye un acto de autotutela ilícito.

La Corte Suprema ordenó a la recurrida iniciar las acciones a que tenga derecho, en un plazo único y fatal de 1 año, o habilitar otro acceso. El voto en contra sostuvo que el recurrido, en ejercicio de su derecho de propiedad, puede disponer de su terreno de manera arbitraria de acuerdo con el artículo 582 del Código Civil, y que el artículo 844 del mismo cuerpo legal permite al dueño de un predio cercarlo por completo, siempre que no afecte servidumbres existentes a favor de otros predios. Agregó que la instalación de un cierre perimetral no es un acto arbitrario ni ilegal, ya que no se ha pr

Por Francisca Atenas·26 de enero de 2025·4 min de lectura
acmanet.cl
Imagen referencial

La Corte de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por la construcción de un muro que bloquea el acceso vehicular y peatonal al inmueble donde reside la actora y su familia.

La recurrente sostuvo que, junto a su familia, ha residido por más de 40 años en el inmueble, y que el recurrido, propietario de un predio colindante, ha construido un muro que bloquea un camino que históricamente ha sido utilizado como vía de tránsito público.

Señaló que esta obra limita el ingreso a su propiedad, incluyendo servicios básicos, y solo permite un paso restringido mediante una puerta controlada por el recurrido.

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