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Diario Constitucional

Recurso de amparo acogido, en fallo dividido,

Caso Luchsinger Mackay: Corte de Temuco ordena tramitar libertad condicional de Celestino Córdova.

La Segunda Sala del tribunal de alzada dio lugar a la acción constitucional, tras establecer que el recurrente cumple con todos los requisitos legales, exigibles a la época de la condena, para cumplir el saldo de la pena impuesta en el medio libre.

Por Redacción·02 de enero de 2024·3 min de lectura
Imagen: radioagricultura.cl
Referencial

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo deducido por la defensa y dejó sin efecto la resolución, dictada por la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción, que le denegó el beneficio a Celestino Cerafín Córdova Tránsito, quien cumple condena a 18 años de presidio, en calidad de coautor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio conformado por Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González. Ilícito perpetrado en la comuna de Vilcún, en enero de 2013.

El fallo señala que en cuanto a las facultades de esta Corte para revisar una decisión de la Comisión de Libertad Condicional debe tenerse presente que dicho organismo al pronunciarse sobre la libertad condicional de Celestino Córdova adoptó una decisión que se plasmó en un acto administrativo de discrecionalidad técnica, el cual, a diferencia de un control de mérito, se encuentra afecto al control de los hechos y fundamentos de derecho que lo motivan.

Releva que el Decreto Ley 321 dispone en el inciso 2° de su artículo 1° que la libertad condicional no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de hacerla cumplir en libertad por el condenado y según las disposiciones que se dicten en dicho instrumento y en el Reglamento respectivo.

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