Dada la naturaleza constitucional del procedimiento.
TS español rechaza la suspensión del acuerdo Consejo Ministros sobre art. 155 pedida por la Generalitat.
El Tribunal concluye que no concurren las exigencias para otorgar esta medida al no apreciarse las circunstancias de especial urgencia que requiere la Ley.

El Tribunal concluye que no concurren las exigencias para otorgar esta medida al no apreciarse las circunstancias de especial urgencia que requiere la Ley . . .
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