Acogido.
TS español da la razón a una comunidad de propietarios debido a un contrato de mantenimiento de ascensores por considerarlo abusivo.
El Tribunal estimó que la empresa de mantenimiento de ascensores no ha justificado la concurrencia de circunstancias excepcionales que justifiquen una duración superior a tres años.

El Tribunal estimó que la empresa de mantenimiento de ascensores no ha justificado la concurrencia de circunstancias excepcionales que justifiquen una duración superior a tres años . . .
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