Medida cautelar ordinaria.
TS de España rechazó suspender acuerdo de la Junta Electoral Central que ordenó retirar los lazos amarillos de los edificios públicos de Cataluña.
La ejecutividad del acto impugnado, en lo relativo al punto 1º del acuerdo, agotó sus efectos a las 15 horas del viernes 22 de marzo.

La ejecutividad del acto impugnado, en lo relativo al punto 1º del acuerdo, agotó sus efectos a las 15 horas del viernes 22 de marzo . . .
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