Cámaras de videovigilancia.
TS de España rechazó recursos de casación y validó como prueba cámaras de videovigilancia en robo a joyería.
El Tribunal Supremo ibérico consideró que la existencia de cámaras de videovigilancia instaladas en el entorno seguro de comercios o establecimientos que den a la vía pública y capten imágenes de un hecho que es delito ?como ocurrió en este caso- no suponen una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen, en contra de lo que alegó el recurrente en su recurso.

El Tribunal Supremo ibérico consideró que la existencia de cámaras de videovigilancia instaladas en el entorno seguro de comercios o establecimientos que den a la vía pública y capten imágenes de un hecho que es delito ?como ocurrió en este caso- no suponen una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen, en contra de lo que alegó el recurrente en su recurso . . .
Te puede interesar

Regulan uso de IA en abogados
Legisladores de California (EE.UU) aprueban ley que regula uso de IA por parte de profesionales del derecho

Litigo en curso
Gobierno brasileño demanda a Discord por presunta infracción a normativa sobre seguridad infantil online

Valida medida cautelar
Justicia francesa confirma prisión preventiva de menor de edad pese a derogación posterior de norma legal aplicable

