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Diario Constitucional

Instituto Nacional de la Seguridad Social.

TS de España estableció que la concesión de la tarjeta de residencia temporal a padres extranjeros de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España no supone la existencia automática de un derecho a la asistencia sanitaria.

El máximo Tribunal español sostuvo que la concesión de la tarjeta indicada no supone la existencia automática de ese derecho.

Por diarioconstitucional·11 de junio de 2019·1 min de lectura
TS de España estableció que la concesión de la tarjeta de residencia temporal a padres extranjeros de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España no supone la existencia automática de un derecho a la asistencia sanitaria.
Referencial

El máximo Tribunal español sostuvo que la concesión de la tarjeta indicada no supone la existencia automática de ese derecho . . .

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