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Diario Constitucional

Rebajó condena.

TS de España estableció que el Consejo Superior de Deportes es competente para controlar acuerdos de la Asociación de Clubs de Baloncesto vía de recurso administrativo.

El Tribunal Supremo estableció como criterio interpretativo "que el Consejo Superior de Deportes es competente para controlar, en vía de recurso administrativo, los acuerdos adoptados por las Ligas Profesionales sobre la afiliación de clubes de baloncesto profesionales".

Por diarioconstitucional·26 de febrero de 2020·1 min de lectura
TS de España estableció que el Consejo Superior de Deportes es competente para controlar acuerdos de la Asociación de Clubs de Baloncesto vía de recurso administrativo.
Referencial

El Tribunal Supremo estableció como criterio interpretativo "que el Consejo Superior de Deportes es competente para controlar, en vía de recurso administrativo, los acuerdos adoptados por las Ligas Profesionales sobre la afiliación de clubes de baloncesto profesionales . . .

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