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Diario Constitucional

Desestimó recursos de casación.

TS de España estableció que el bitcoin no se puede equiparar al dinero para los efectos de responsabilidad civil.

El fallo indicó que, aunque el precio de cada bitcoin se fija al costo del intercambio realizado, y no existe por tanto un precio mundial o único del bitcoin.

Por diarioconstitucional·11 de julio de 2019·1 min de lectura
TS de España estableció que el bitcoin no se puede equiparar al dinero para los efectos de responsabilidad civil.
Referencial

El fallo indicó que, aunque el precio de cada bitcoin se fija al costo del intercambio realizado, y no existe por tanto un precio mundial o único del bitcoin . . .

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