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Diario Constitucional

Agravante.

TS de España establece que agravante de género no exige especial intención de humillar sino que sea fruto de una situación ya de por sí humillante.

Ratifica aumento de una condena a un hombre que agredió sexualmente y golpeó a su expareja, y que alegaba que su ánimo era satisfacer sus deseos libidinosos pero no una dominación por razón de género.

Por diarioconstitucional·11 de marzo de 2019·1 min de lectura
TS de España establece que agravante de género no exige especial intención de humillar sino que sea fruto de una situación ya de por sí humillante.
Referencial

Ratifica aumento de una condena a un hombre que agredió sexualmente y golpeó a su expareja, y que alegaba que su ánimo era satisfacer sus deseos libidinosos pero no una dominación por razón de género . . .

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