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Diario Constitucional

No vulnera principio non bis in ídem.

TS de España determina compatibilidad de condena por conducir bajo los efectos del alcohol y por negativa a someterse a prueba de alcoholemia.

La máxima Magistratura ibérica señaló que el legislador ha considerado la punición acumulada de ambos tipos penales.

Por diarioconstitucional·16 de junio de 2017·1 min de lectura
TS de España determina compatibilidad de condena por conducir bajo los efectos del alcohol y por negativa a someterse a prueba de alcoholemia.
Referencial

La máxima Magistratura ibérica señaló que el legislador ha considerado la punición acumulada de ambos tipos penales . . .

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