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Diario Constitucional

Rechazó casación.

TS de España confirmó que solicitantes de asilo en Ceuta o Melilla tienen derecho a libre circulación por España una vez admitido a trámite su solicitud.

El máximo Tribunal Ibérico recordó en su sentencia que la Ley 12/2009, del Derecho de Asilo, no estableció particularidad o limitación alguna en relación con las solicitudes formuladas en Ceuta o Melilla.

Por diarioconstitucional·01 de agosto de 2020·1 min de lectura
TS de España confirmó que solicitantes de asilo en Ceuta o Melilla tienen derecho a libre circulación por España una vez admitido a trámite su solicitud.
Referencial

El máximo Tribunal Ibérico recordó en su sentencia que la Ley 12/2009, del Derecho de Asilo, no estableció particularidad o limitación alguna en relación con las solicitudes formuladas en Ceuta o Melilla . . .

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