Jurisdicción penal no tiene competencia.
TS de España anuló sentencia que condenó a pareja por contraer matrimonio por conveniencia.
Se concluye absolviendo a los dos acusados de ambos delitos, y hace presente que el matrimonio de complacencia sólo puede acarrear sanciones administrativas.

Se concluye absolviendo a los dos acusados de ambos delitos, y hace presente que el matrimonio de complacencia sólo puede acarrear sanciones administrativas . . .
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