Estafa.
Tribunal Supremo de España se pronuncia sobre la diferencia entre el ilícito penal y el ilícito civil de estafa.
No todo incumplimiento de las obligaciones civiles deviene en delito de estafa si no se acredita la preexistencia de un plan incumplidor y la puesta en escena engañosa como factor causal del desplazamiento patrimonial.

No todo incumplimiento de las obligaciones civiles deviene en delito de estafa si no se acredita la preexistencia de un plan incumplidor y la puesta en escena engañosa como factor causal del desplazamiento patrimonial . . .


