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Diario Constitucional

Estafa.

Tribunal Supremo de España se pronuncia sobre la diferencia entre el ilícito penal y el ilícito civil de estafa.

No todo incumplimiento de las obligaciones civiles deviene en delito de estafa si no se acredita la preexistencia de un plan incumplidor y la puesta en escena engañosa como factor causal del desplazamiento patrimonial.

Por Vicente Aylwin Fernández·21 de agosto de 2021·1 min de lectura
Tribunal Supremo de España resuelve que no es posible tramitar la homologación del título de grado y simultáneamente efectuar el máster de acceso a la abogacía.
Referencial

No todo incumplimiento de las obligaciones civiles deviene en delito de estafa si no se acredita la preexistencia de un plan incumplidor y la puesta en escena engañosa como factor causal del desplazamiento patrimonial . . .

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