Alimentos.
Tribunal Supremo de España resuelve que el alimentario puede oponer la excepción de compensación respecto de pensiones alimenticias atrasadas.
Quien puede renunciar o transmitir las pensiones alimenticias atrasadas, o el derecho a reclamarlas, puede también oponerlas en compensación.

Quien puede renunciar o transmitir las pensiones alimenticias atrasadas, o el derecho a reclamarlas, puede también oponerlas en compensación . . .


