Agresión sexual.
Tribunal Supremo de España determinó que la obtención de videos sexuales de una menor bajo intimidación en las redes sociales constituye el delito de agresión sexual.
La distancia física entre victimario y víctima no es obstáculo para que se configure el delito de agresión sexual, el que puede tener lugar en el escenario digital cuando, mediante intimidación, se atente contra la libertad sexual de la víctima.

La distancia física entre victimario y víctima no es obstáculo para que se configure el delito de agresión sexual, el que puede tener lugar en el escenario digital cuando, mediante intimidación, se atente contra la libertad sexual de la víctima . . .


