Daño moral.
Tribunal Supremo de España desestimó el recurso de casación en contra de la sentencia que condenó a un hombre por abusar sexualmente de sus dos hijas.
El daño moral no necesita estar especificado en los hechos probados cuando fluye de manera directa y natural del referido relato histórico.

El daño moral no necesita estar especificado en los hechos probados cuando fluye de manera directa y natural del referido relato histórico . . .


