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Diario Constitucional

Crédito de consumo.

Tribunal Superior de Polonia determina que Juez no puede dictar sentencia en causas sobre cláusulas abusivas cuando el consumidor demandado comparece en rebeldía sin adoptar diligencias de oficio.

La decisión del Tribunal incide en procedimiento ejecutivo que pretende el cobro de una deuda adquirida en el marco de un contrato de crédito de consumo.

Por diarioconstitucional·10 de junio de 2020·1 min de lectura
Tribunal Superior de Polonia determina que Juez no puede dictar sentencia en causas sobre cláusulas abusivas cuando el consumidor demandado comparece en rebeldía sin adoptar diligencias de oficio.
Referencial

La decisión del Tribunal incide en procedimiento ejecutivo que pretende el cobro de una deuda adquirida en el marco de un contrato de crédito de consumo . . .

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