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Diario Constitucional

Responsabilidad colectiva.

Tribunal de Argentina condena a sindicatos al pago de una indemnización por daños causados a un policía durante manifestación.

El hecho que ocasionó el daño es atribuible al grupo como tal, no siendo posible que lo cause un individuo, pues el resultado dañoso es la suma de actuaciones que son necesariamente colectivas.

Por Francisca Merino·03 de marzo de 2022·1 min de lectura
Imagen: Emol.
Referencial

El hecho que ocasionó el daño es atribuible al grupo como tal, no siendo posible que lo cause un individuo, pues el resultado dañoso es la suma de actuaciones que son necesariamente colectivas . . .

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